CANARIAS, UNA BUENA ELECCIÓN

SITUACIÓN POLÍTICA
Las Islas Canarias forman parte el territorio español y están plenamente integradas en la Unión Europea. La capitalidad es doble, compartida entre las ciudades de Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife.
Canarias se constituyó como Comunidad Autónoma el 16 de agosto de 1982; fecha en que entró en vigor su Estatuto de Autonomía. Canarias cuenta con un Parlamento y órganos de gobierno propios que le confieren la estabilidad política y social propias de un sistema democrático avanzado.
En Canarias se aplica la totalidad de las políticas comunitarias. No obstante, las peculiaridades geográficas de las islas, le permiten beneficiarse de una serie de excepciones y modulaciones muy favorables en la aplicación del Derecho Comunitario.

SITUACIÓN GEOGRÁFICA
Las Islas Canarias están situadas en el Océano Atlántico, a 1.050 km. del continente europeo, frente a la costa occidental de África. El archipiélago está compuesto por siete islas mayores y otras de menor dimensión, divididas en dos provincias: la provincia de Las Palmas, integrada por las islas de Gran Canaria, Fuerteventura y Lanzarote, y la provincia más occidental, Santa Cruz de Tenerife, que está formada por las islas de Tenerife, La Palma, El Hierro y La Gomera.
Con una superficie total de 7.447 km.2, las islas cuentan con una población de 1.630.000 habitantes aproximadamente (1998). Las dos islas más pobladas son Gran Canaria y Tenerife. La primera tiene una población de 715.994 habitantes y la segunda de 677.485 habitantes.

ECONOMÍA
La economía canaria está caracterizada por la gran importancia del sector terciario, representando más de un 80% del total del Producto Interior Bruto (PIB), concentrado mayoritariamente en el turismo y el comercio.
Las islas disponen de una oferta turística de gran calidad. Su situación geográfica, el clima envidiable, calificado como "el mejor clima del mundo", con temperaturas medias anuales que oscilan entre los 15º y los 24º C, junto a la belleza de sus paisajes y la calidad de sus servicios, las han convertido en el destino turístico por excelencia de los europeos: más de 10 millones de turistas visitaron las islas en 1999.
La contribución al PIB de Canarias por parte del sector primario se concentra principalmente en el plátano, siendo la región europea con mayor nivel de producción de plátanos y con mayor superficie dedicada a este cultivo. Destaca también la producción de tomates y flores además de la papa (patata) y el vino.
La actividad pesquera en el archipiélago ha jugado un papel fundamental en las estrategias de crecimiento económico. No en vano, los puertos canarios se encuentran entre los más importantes del Atlántico Medio y en el centro del Banco Pesquero Canario-Sahariano. La producción agrícola anteriormente descrita junto con la pesca representan la mayor parte de las exportaciones con origen en las islas.
La actividad industrial está centrada fundamentalmente en el sector de la energía y el agua, producción alimentaria, labores del tabaco y otras industrias ligeras y de construcción.
Al pertenecer Canarias a la Unión Europea, la mayor parte de las exportaciones van dirigidas a sus países miembros. En los últimos años, ha aumentado el porcentaje de exportaciones a otros continentes, como África y Asia. La política comercial del Gobierno de Canarias ha ido encaminada a mejorar la presencia en los mercados de África Occidental.


INFRAESTRUCTURAS
Canarias posee, debido a su localización geográfica, importantes infraestructuras marítimas y aéreas que, junto a las terrestres, aseguran el tránsito rápido y eficaz de personas y mercancías.
Los aeropuertos de Tenerife y de Gran Canaria, en los que operan las principales compañías aéreas del mundo, se encuentran entre los cinco de mayor tráfico del país. La mayoría de los ocho aeropuertos canarios cuentan con conexión directa con las principales ciudades de Europa; los más de 10 millones de turistas que nos visitaron en 1999 son de procedencia europea y utilizan el avión como medio de transporte.
Existe una amplia red de puertos comerciales, pesqueros y deportivos en el archipiélago. El Puerto de La Luz y de Las Palmas y el Puerto de Santa Cruz de Tenerife se sitúan entre los primeros de España en volumen de pasaje y mercancía, con unas excelentes condiciones y calidad de servicios. Estos puertos se han convertido en un lugar de paso obligado para las mercancías cuyo origen y destino son Europa, América, África y Asia, además de una estratégica estación de aprovisionamiento y reparación en el Atlántico.


TELECOMUNICACIONES
Canarias es el lugar con la mayor confluencia de cables submarinos del mundo, permitiendo una excelente comunicación con Europa, África y América. En las islas operan diversas compañías internacionales de telecomunicaciones, con un alto nivel de desregulación y con las más avanzadas tecnologías en transmisión de información.
En cuanto a la telefonía móvil, actualmente existe una cobertura total del sistema GSM. La penetración en la población es de un 60%, teniendo en cuenta que próximamente (2001) se implantarán las redes de tecnologías multimedia UMTS. Asimismo, se está desplegando la tecnología ADSL para la conexión de alta velocidad a Internet.

FORMACIÓN
Canarias cuenta con dos Universidades públicas: una en Tenerife (Universidad de La Laguna) y otra en Gran Canaria (Universidad de Las Palmas de Gran Canaria) con 46.633 alumnos matriculados en 1998 de los cuales, aproximadamente un tercio, cursa estudios en ramas técnicas como Ingeniería o Informática. Las islas ofrecen, además, un considerable potencial formativo a través de los programas públicos de formación adaptados a las necesidades concretas de las empresas. Igualmente, existen centros de formación profesional que combinan la enseñanza de las profesiones más tradicionales con las nuevas tecnologías.
Canarias ofrece un alto nivel académico debido a la variedad de colegios establecidos en las islas; destacando un elevado número de colegios bilingües. Es importante recordar que, aunque la lengua oficial sea el español, el uso del inglés y del alemán está muy extendido.


OCIO
Las numerosas infraestructuras culturales y de ocio, tales como salas de exposiciones, centros comerciales, teatros, cines, pubs, casinos, restaurantes, etcétera; permiten disfrutar a nuestros visitantes de innumerables actividades relacionadas con el ocio y el tiempo libre.
Canarias es también un importante centro de congresos y convenciones. Ideal para las empresas y los inversores, constituye un punto de encuentro cultural, comercial y profesional; con modernas instalaciones en Recintos Feriales y Palacios de Congresos, así como empresas especializadas en la organización de eventos.
El clima privilegiado del archipiélago permite la práctica de cualquier deporte durante todo el año. Destacamos principalmente las actividades al aire libre, tales como: golf, natación, vela, hípica, senderismo, pesca y tenis, entre otros.

La belleza y variedad de los paisajes canarios son objeto de especial protección. Cuatro de los doce Parques Nacionales que existen en España están situados en Canarias. Un entorno natural privilegiado y la ausencia de contaminación, permiten la realización de actividades únicas como el avistamiento de cetáceos, el submarinismo o la observación del cielo.
La gastronomía canaria se basa principalmente en productos de la tierra y del mar, ofreciendo una amplia variedad de platos típicos.
Las temperaturas apacibles de las islas permiten disfrutar de las terrazas y fiestas al aire libre, siendo "El Carnaval" la fiesta más multitudinaria e internacional del archipiélago. Merece mencionar el rico folclore de las islas derivado de la influencia de otras culturas a lo largo de la historia.

Tradicionalmente, el archipiélago ha sido paso obligatorio de gente procedente de todo el mundo, lo que ha dado lugar a una sociedad cosmopolita, abierta y hospitalaria.


OTROS DATOS DE INTERÉS
La sanidad en Canarias se sitúa en niveles de calidad europeos. El archipiélago canario cuenta con modernas y eficientes instalaciones sanitarias: hospitales, centros de descanso y geriátricos.
En Canarias operan alrededor de 1.000 oficinas bancarias que representan a las entidades financieras nacionales e internacionales más importantes.
Canarias cuenta con representación consular de una gran cantidad países, muchos de ellos con oficina o delegación comercial.

Estructura del PIB por sectores (1998)


LA ZONA ESPECIAL CANARIA (ZEC)


¿QUÉ ES LA ZONA ESPECIAL CANARIA (ZEC)?
La Zona Especial Canaria es una zona de baja tributación que se crea en el marco del Régimen Económico y Fiscal (REF) de Canarias con la finalidad de promover el desarrollo económico y social del archipiélago y diversificar su estructura productiva.
La Zona Especial Canaria fue autorizada por la Comisión Europea el mes de enero de 2000. Posteriormente se ha procedido, por parte del Gobierno Español, a la adaptación de la normativa Régimen Económico y Fiscal de Canarias en lo relativo a la ZEC, según los términos de dicha autorización .
El disfrute de los beneficios de la Zona Especial Canaria tiene inicialmente vigencia hasta el 31 de diciembre del año 2008, siendo prorrogable previa autorización de la Comisión Europea. La autorización de la inscripción en el Registro Oficial de Entidades ZEC (ROEZEC) tendrá como límite temporal inicial el 31 de diciembre del año 2006.

¿QUIÉNES PUEDEN INSTALARSE EN LA ZEC?
En general, todas aquellas entidades que pretendan desarrollar una actividad industrial, comercial o de servicios, encuadradas dentro de un listado de actividades permitidas, descritas en el anexo del Real Decreto Ley 2/2000.

¿DÓNDE SE PUEDEN INSTALAR LAS ENTIDADES ZEC?
La ZEC se extiende por todo el territorio canario con determinadas particularidades:
· En el caso de entidades cuyo objeto sea la realización de actividades de servicios, podrán establecerse en cualquier parte del territorio canario.
· En el caso de entidades cuyo objeto sea la producción, transformación, manipulación y comercialización de mercancías, su establecimiento quedará limitado a determinadas áreas específicas destinadas a tal efecto.
Estas áreas específicas están situadas en las proximidades de los puertos y aeropuertos canarios distribuidas de la siguiente forma:
- Gran Canaria: 150 hectáreas divididas en 5 zonas
- Tenerife: 150 hectáreas divididas en 5 zonas
- La Palma: 50 hectáreas divididas 2 zonas
- El Hierro, La Gomera, Lanzarote y Fuerteventura cuentan con 25 hectáreas cada una y una única zona autorizada por isla.


¿QUÉ REQUISITOS SON NECESARIOS PARA SER ENTIDAD ZEC?
· Ser una entidad de nueva creación con domicilio y sede de dirección efectiva en el ámbito geográfico de la ZEC.
· Al menos uno de los administradores deberá residir en Canarias.
· Realizar una inversión mínima de 100.000 € (16.638.600 Ptas.) en activos fijos afectos a la actividad dentro de los dos primeros años desde el momento de su autorización.
· Crear, al menos, 5 puestos de trabajo dentro de los 6 meses siguientes al momento de la autorización, y mantener este promedio durante los años que esté adscrita a la ZEC.
· Constituir su objeto social la realización, en el ámbito de la ZEC, de una de las actividades descritas a continuación:



LISTA DE ACTIVIDADES

Actividades de producción, transformación, manipulación y distribución al por mayor de mercancías:
· Pesca (NACE B)
· Alimentación, bebidas y tabaco (NACE DA)
· Confección y peletería (NACE 17.4, 17.5, 17.6, 17.7 y 18)
· Cuero y calzado (NACE DC)
· Papel, edición, artes gráficas y reproducción de soportes grabados (NACE DE)
· Químicas (NACE 24)
· Prefabricados para construcción (NACE 45.25,45.3,45.4,20.2,20.3,25.2,26.1,26.2,26.3,26.4,26.7,28.1,28.2,28.12,28.63,28.7 y 36.1)
· Maquinaria y equipo mecánico (NACE 29)
· Material y equipo electrónico y óptico (NACE DL)
· Muebles y otras manufacturas (NACE 36)
· Reciclaje (NACE 37)
· Comercio al por mayor e intermediarios del comercio (NACE 50 y 51)
· Envases y embalajes (NACE 21)

Servicios
· Transporte y actividades anexas (NACE I)
· Informáticos (NACE 72)
· Telecomunicaciones (NACE 64)
· Recursos naturales y eliminación de residuos (NACE n.c.)
· I+D (NACE 73)
· Formación (NACE 80.3 y 80.4)
· Consultoría (NACE 74)
· Asesoría (NACE 74)
· Publicidad (NACE 74)
· Otras Actividades Empresariales (NACE 74)


NACE: Nomenclatura Estadística de Actividades Económicas de la Comunidad Europea.

VENTAJAS FISCALES DE LAS ENTIDADES ZEC


IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
Las Entidades ZEC estarán sujetas al Impuesto sobre Sociedades vigente en España, a unos tipos impositivos reducidos que oscilan entre el 1% y el 5%, en función de:
· La creación neta de empleo.
· El momento de incorporación al Registro.
· Si la actividad es nueva o preexistente.
· Si la actividad está escasamente implantada en Canarias.
El tipo impositivo general aplicable en España es del 35%, siendo del 30% en el caso de las Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES).

Escala de gravamen
Para determinar el tipo de gravamen especial aplicable a la Entidad ZEC, el periodo de vigencia del régimen deberá dividirse en tres tramos, los cuales tendrán una duración variable en función del año en que la entidad haya sido autorizada.
Estos tipos impositivos se aplicarán sobre la parte de la base imponible derivada de las operaciones que se realicen material y efectivamente en el ámbito geográfico de la ZEC.
En función de los tramos anteriormente mencionados y de la creación neta de empleo de la Entidad ZEC, los tipos impositivos serán los siguientes:


RÉGIMEN GENERAL

Creación neta de empleo Tramo 1 Tramo 2 Tramo 3
Entre 5 y 8 trabajadores 1,0% 2,5% 5,0%
Más de 8 y hasta 12 1,0% 2,25% 4,5%
Más de 12 y hasta 20 1,0% 2,0% 4,0%
Más de 20 1,0% 1,75% 3,5%


DEFINICIÓN DE LOS TRAMOS

Periodo èAutorización ê 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008
2000
2001
2002
2003
2004
2005
2006
Tramo 1 Tramo 2 Tramo 3

En el caso de que la actividad desarrollada haya sido ejercida con anterioridad, bajo otra titularidad, y se incorpore a la Entidad ZEC una plantilla anterior; los tipos impositivos se determinarán en función del incremento porcentual de plantilla.

ENTIDADES CON ACTIVIDAD PREEXISTENTE

Incremento neto de plantilla Tramo 1 Tramo 2 Tramo 3
Más de un 50% de incremento 1,0% 2,5% 5,0%
De un 25% a un 50% de incremento 2,5% 3,5% 5,0%
Menos de un 25% de incremento 3,5% 4,5% 5,0%


Los tipos impositivos especiales, entre el 1% y el 5%, se aplicarán a un importe máximo de la base imponible, dependiendo del número de empleos creados y del tipo de actividad desarrollada por la Entidad ZEC.


LÍMITES A LA PARTE DE LA BASE IMPONIBLE DE LA ENTIDAD ZEC QUE TRIBUTA A LOS TIPOS ESPECIALES

Creación neta de empleo Actividades Industriales Actividades de Servicios Otros Servicios
Entre 5 y 8 trabajadores 1.800.000 € 1.500.000 € 1.125.000 €
Más de 8 y hasta 12 trabajadores 2.400.000 € 2.000.000 € 1.500.000 €
Más de 12 y hasta 20 trabajadores 3.600.000 € 3.000.000 € 2.250.000 €
Más de 20 y hasta 50 trabajadores 9.200.000 € 8.000.000 € 6.000.000 €
Más de 50 y hasta 100 trabajadores 21.600.000 € 18.000.000 € 13.500.000 €
Más de 100 trabajadores 120.000.000 € 100.000.000 € 75.000.000 €


CONVENIOS DE DOBLE IMPOSICIÓN, DIRECTIVA MATRIZ-FILIAL E IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES
Las Islas Canarias forman parte del territorio español y comunitario. En consecuencia:
§ Las Entidades ZEC podrán acogerse a los Convenios para evitar la Doble Imposición, suscritos por España.
§ Las Entidades ZEC podrán acogerse a la Directiva Matriz-Filial de la Unión Europea, de forma que los dividendos distribuidos por filiales Entidades ZEC a sus sociedades matrices residentes en otro país de la UE, quedarán exentos de retención.
§ La normativa ZEC contempla que las exenciones que se describen a continuación serán también de aplicación a las rentas obtenidas por residentes en Estados no miembros de la UE cuando tales rentas sean satisfechas por una Entidad ZEC y procedan de operaciones realizadas material y efectivamente en el ámbito geográfico de la ZEC.
Personas físicas: los intereses y demás rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios, así como las ganancias patrimoniales derivadas de bienes muebles, obtenidos sin mediación de establecimiento permanente.
Personas jurídicas: los beneficios distribuidos por las sociedades filiales residentes en territorio español a sus sociedades matrices.

No se aplicarán estas exenciones cuando las rentas sean obtenidas a través de paraísos fiscales, o cuando la sociedad matriz tenga su residencia en un paraíso fiscal.

IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS
Las Entidades ZEC estarán exentas de tributación por este impuesto en los siguientes casos:
§ La adquisición de bienes y derechos destinados al desarrollo de la actividad de la Entidad ZEC en el ámbito geográfico de la ZEC.
§ Las operaciones societarias realizadas por las Entidades ZEC, salvo su disolución.
§ Los actos jurídicos documentados vinculados a las operaciones realizadas por dichas entidades en el ámbito geográfico de la ZEC.


IMPUESTO GENERAL INDIRECTO CANARIO (IGIC)
El IGIC es el impuesto indirecto canario que grava el consumo final, sustituyendo al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) comunitario. La naturaleza del IGIC es similar a la del IVA, aunque con diferencias importantes, como la de unos tipos impositivos menores, siendo el tipo general del IGIC del 5%.
En el Régimen de la ZEC estarán exentas de tributación por el IGIC las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas por las Entidades ZEC entre sí, así como las importaciones de bienes realizadas por las mismas.

INSCRIPCIÓN DE UNA ENTIDAD EN EL ROEZEC

PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN
Los inversores que deseen instalarse en la ZEC deberán obtener la autorización previa del Consejo Rector para convertirse en Entidad ZEC. El procedimiento para la obtención de la autorización previa se inicia a instancia del interesado mediante la presentación, en las oficinas del Consorcio, de los documentos que se enumeran a continuación:
1. Solicitud de autorización previa para la constitución de una Entidad ZEC.
2. Memoria descriptiva de las actividades económicas a desarrollar.
3. Justificante de haber efectuado un depósito o aval, por el importe de la tasa de inscripción en el Registro Oficial de Entidades ZEC (ROEZEC).
El Consejo Rector será el encargado de tramitar y resolver la solicitud de las Entidades ZEC. La obtención de la autorización se comunicará expresamente en un plazo máximo de dos meses desde la fecha de presentación de la solicitud.
Una vez obtenida la autorización previa del Consejo Rector, la entidad podrá inscribirse en el Registro Oficial de Entidades ZEC, mediante la presentación de los siguientes documentos:
- Solicitud de inscripción en el ROEZEC.
- Código de Identificación Fiscal (CIF).
- Documento acreditativo de la constitución de la entidad acompañado de copia simple.
- Certificación de la inscripción de la entidad en el Registro Mercantil.


Constitución de la Entidad ZEC
Antes de proceder a la inscripción de la entidad en el ROEZEC, es necesario constituir la nueva sociedad e inscribirla en el Registro Mercantil. La futura Entidad ZEC ha de ser una persona jurídica de nueva creación, lo que significa que habrá de adoptar alguna de las formas jurídicas societarias y habrá de ser constituida conforme a lo dispuesto en la legislación española.
Las formas jurídicas societarias más habituales en España son:
- La Sociedad Anónima (S.A.): Sociedad mercantil en la que el capital, dividido en acciones, se integrará por las aportaciones de los socios, quienes no responderán personalmente de las deudas sociales. El capital mínimo es de 10 millones de pesetas (aprox. 60.101 €). Se constituye mediante escritura pública, que deberá ser inscrita en el Registro Mercantil. Su regulación está contenida en el Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1564/1989.
- La Sociedad Limitada (S.L.): Sociedad mercantil en la que el capital, dividido en participaciones sociales, se integrará por las aportaciones de todos los socios, quienes no responderán personalmente de las deudas sociales. El capital mínimo es de 500.000 pesetas (aprox. 3.005 €), sin tope máximo. Se constituye mediante escritura pública, que deberá ser inscrita en el Registro Mercantil. Su regulación está contenida en la Ley 2/1995 de Sociedades de Responsabilidad Limitada.
De manera general, los trámites para la creación de una sociedad en Canarias son los siguientes:

1. Elaboración de los estatutos sociales y elevación a público mediante escritura pública notarial.
2. Obtención de la tarjeta provisional del Código de Identificación Fiscal (CIF) en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y alta en los impuestos.
3. Inscripción de la escritura pública de constitución en el Registro Mercantil.


TASAS APLICABLES A LAS ENTIDADES ZEC
Las Entidades ZEC están sujetas a las siguientes tasas:
a. Tasa de inscripción en el ROEZEC: 600 € (99.832 Ptas.).
b. Tasa anual de permanencia en el ROEZEC: 900 € (149.747 Ptas.).

EL CONSORCIO DE LA ZONA ESPECIAL CANARIA
Organismo consorciado entre los Gobiernos del Estado español y de Canarias, adscrito al Ministerio de Hacienda, cuya actividad se centra en supervisar y asesorar a las Entidades ZEC; así como promover y facilitar los servicios necesarios para el adecuado funcionamiento de la Zona Especial y de las entidades acogidas, siendo también de su responsabilidad el Registro Oficial de Entidades ZEC (ROEZEC).
El Consorcio de la ZEC, gestionará el proceso necesario para el otorgamiento de las correspondientes autorizaciones y la posterior inscripción de las empresas en el ROEZEC. Al margen de las funciones administrativas, el Consorcio pondrá al servicio de los interesados y de las Entidades ZEC los medios necesarios, tanto humanos como materiales, para facilitar la viabilidad de los proyectos empresariales surgidos al amparo de la misma.


OTROS INCENTIVOS RECOGIDOS EN EL RÉGIMEN ECONÓMICO Y FISCAL DE CANARIAS (REF)


RESERVA PARA LAS INVERSIONES EN CANARIAS (RIC)
Incentivo fiscal que posibilita una reducción en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades de hasta un 90% del beneficio no distribuido a través de la dotación de una Reserva Especial para Inversiones (RIC). El beneficio no distribuido debe proceder de establecimientos situados en Canarias sin que, en ningún caso, la aplicación de la reducción pueda determinar que la base imponible sea negativa. Esta inversión deberá cumplir una serie de requisitos:
1. Materializar la reserva en alguna de las inversiones siguientes:
- Adquisición de activos fijos.
- Suscripción de títulos valores o anotaciones en cuenta de Deuda Pública Canaria.
- Suscripción de acciones o participaciones en el capital de sociedades que inviertan en Canarias.
2. El plazo máximo para esta materialización es de 3 años, a contar desde la fecha de devengo del impuesto correspondiente al ejercicio de la dotación.
3. Los activos fijos deberán permanecer en la empresa durante 5 años, o durante la vida útil del elemento si ésta fuera inferior. El resto de las inversiones deberá permanecer en la empresa durante 5 años.
4. La RIC debe figurar en el balance con absoluta separación y título apropiado.
5. La forma de pago de la materialización puede ser la que el sujeto pasivo desee: al contado, financiación ajena o leasing, siempre y cuando, en este último caso, no quepa duda sobre el ejercicio de la opción de compra.
Pueden acogerse a este incentivo fiscal las sociedades y demás entidades jurídicas sujetas al Impuesto sobre Sociedades en relación con sus establecimientos situados en Canarias. Igualmente, las personas físicas sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), en relación con las actividades empresariales y profesionales realizadas mediante establecimientos situados en Canarias, siempre que determinen sus rendimientos netos por estimación directa.


BONIFICACIÓN POR PRODUCCIÓN DE BIENES CORPORALES EN CANARIAS
Incentivo fiscal que consiste en una bonificación del 50% de la cuota correspondiente a los rendimientos derivados de la venta de bienes corporales producidos en Canarias. Esta bonificación del 50% será aplicable hasta el 31 de diciembre del año 2001. Posteriormente, la intensidad del incentivo fiscal se reducirá hasta un 40% en el año 2002 y hasta un 30% en el año 2003. En el caso de los sujetos pasivos del IRPF, esta bonificación se aplicará sobre la parte de la cuota íntegra que proporcionalmente corresponda a los rendimientos bonificados.
Esta bonificación tiene por objeto incentivar la producción de bienes corporales en el Archipiélago Canario, pudiendo beneficiarse de dicha bonificación los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades y los del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas; siempre que estos últimos determinen sus rendimientos en régimen de estimación directa. Estas personas o entidades, deberán estar domiciliadas en Canarias o en otros territorios siempre que, en este último caso, se dediquen a la producción de bienes corporales en el archipiélago mediante sucursal o establecimiento permanente.


DEDUCCIÓN POR INVERSIONES EN CANARIAS
Esta deducción consiste en una minoración de la cuota íntegra posterior a la aplicación de las deducciones por doble imposición y las posibles bonificaciones. El importe de la deducción se calcula, en cada caso, aplicando el porcentaje de deducción estipulado legalmente para cada modalidad de inversión sobre el importe total de las inversiones realizadas.

Podrán acogerse al régimen especial de Deducción por Inversiones en Canarias:

· Las sociedades y demás entes jurídicos sujetos al Impuesto sobre Sociedades con domicilio fiscal en Canarias, en relación con las inversiones que realicen y permanezcan en Canarias.
· Las sociedades y demás entidades jurídicas que no tengan su domicilio fiscal en Canarias, respecto de los establecimientos permanentes situados en el Archipiélago Canario, siempre que las inversiones correspondientes se realicen y permanezcan en las islas.
· Las personas físicas que realicen actividades empresariales y profesionales en Canarias, siempre que cumplan las restricciones y condicionantes impuestos por la normativa del IRPF.


OTRAS EXENCIONES
El REF reconoce exenciones en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para las sociedades domiciliadas en Canarias. Estas exenciones se aplicarán a las sociedades de nueva creación, o ya constituidas, que en el plazo de 3 años desde su constitución o ampliación, y siempre que los bienes de inversión estén situados en Canarias, decidan: ampliar su capital, o modernizar, ampliar o trasladar sus instalaciones.

ZONAS FRANCAS
Áreas acotadas donde se puede proceder al almacenamiento, transformación y distribución de mercancías sin aplicación de gravámenes, aranceles ni impuestos indirectos.
Estas zonas son idóneas para aquellas empresas que exportan o importan parte de sus mercancías, al igual que para aquellas que se dedican al comercio internacional; ofreciendo una serie de ventajas en las exportaciones e importaciones y facilitando el tráfico comercial con Canarias. En la actualidad, está en funcionamiento la Zona Franca de Gran Canaria y está en curso la creación de otra en la isla de Tenerife. Las Zonas Francas de Canarias cuentan con una particularidad que las diferencia del resto de las localizadas en la Unión Europea, puesto que las operaciones de perfeccionamiento activo que se realicen, no estarán sometidas a condiciones de orden económico.

REGISTRO ESPECIAL DE BUQUES Y EMPRESAS NAVIERAS (REB)
Incentivo concebido para mejorar la competitividad de las empresas navieras y de los puertos canarios, a través de exenciones y bonificaciones fiscales para aquellas empresas navieras y buques inscritos en el REB.
Pueden matricularse en el REB: los buques mercantes con propósitos mercantiles que realicen navegación de cabotaje, exterior o extranacional, y las empresas navieras cuyo centro efectivo de control de la explotación esté situado en la Comunidad Autónoma de Canarias o que cuenten, al menos, con un establecimiento o representante legal permanente en Canarias.

DIRECCIONES DEL

CONSORCIO DE LA ZONA ESPECIAL CANARIA

Edificio Urbis Edificio Mapfre
C./ León y Castillo 431-4ª Avda. José Antonio 3-5ª
35007 Las Palmas de Gran Canaria 38003 Santa Cruz de Tenerife
Tfno + 34 928 490505 Tfno + 34 922 298010
Fax + 34 928 273274 Fax + 34 922 278063

Islas Canarias, España

Correo electrónico: zec@zec.org
Página web: http://www.zec.org